FONDO MIXTO - Fondo que invierte parte de su patrimonio en activos de renta fija y parte en renta variable.
FONDOS DE INVERSIÓN MOBILIARIA - Los Fondos de Inversión Mobiliaria (FIM), son fondos cuyo objeto exclusivo es la compra, tenencia, disfrute y venta de valores y otros activos financieros. Los Fondos de Inversión Mobiliaria invierten la práctica totalidad de su activo en valores cotizados en mercados de valores, como deuda pública, acciones, renta fija privada o derivados.
FONDOS EUROPEOS - Instrumentos financieros de la unión europea cuyo objetivo principal es promover un desarrollo del conjunto de la unión europea, además de reforzar su cohesión económica y social.
FUTURO FINANCIERO - Contrato negociado en un mercado organizado, por el que las partes acuerdan la compraventa de una cantidad concreta de un valor (activo subyacente) en una fecha futura predeterminada, y a un precio convenido de antemano.
GARANTÍA - Compromiso aceptado por una Institución Aseguradora en virtud de la cual se hace cargo, hasta el límite estipulado, de las consecuencias económicas derivadas de un siniestro.
GASTOS DE AJUSTE - Son los gastos en que incurre la aseguradora, por concepto de investigación para determinar el monto o valor de los daños que puedan existir en un siniestro.
GASTOS DEL FONDO (TER, TOTAL EXPENSES RATIO) - Ratio que relaciona los gastos totales soportados por un fondo de inversión en un periodo con la cifra de patrimonio medio. Los gastos totales incluyen las comisiones de gestión y depositario, los servicios exteriores y otros gastos de explotación.
GESTIÓN DE CARTERAS - Servicio de inversión por el cual una entidad adopta de forma discrecional e individualizada todas las decisiones relativas a la composición y administración de una cartera de valores, de acuerdo con las instrucciones expresas del titular de los mismos.
GREEN SHOE - Opción de compra que los emisores u oferentes conceden a las entidades coordinadoras en una oferta pública de venta o de suscripción (OPV / OPS).
HECHO IMPONIBLE - Hecho de naturaleza jurídica o económica fijado por la ley para configurar cada impuesto y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria.