DECLARACIÓN DE LA RENTA - Documento administrativo que se tiene que realizar de manera obligatoria y en donde se recogen todos los ingresos que una persona ha tenido durante un año. Habitualmente se debe presentar/entregar en la Agencia Tributaria entre los meses de mayo y junio posteriores al año del que se realiza.
DÉFICIT - En la elaboración de un presupuesto, especialmente en el ámbito de la Administración, es la situación en la que los gastos o pagos son superiores a los ingresos o cobros. En el ámbito de lo público, cuando no hay ánimo de lucro en la actividad desarrollada, en vez de pérdidas se hace referencia a déficit. En particular, se suele utilizar cuando se habla de la preparación del presupuesto de cualquier organismo público. También cuando se comparan los ingresos provenientes de los impuestos (fiscales) con los gastos. Cuando se da la situación contraria estamos ante un superávit.
DÉFICIT PÚBLICO - Magnitud que representa un saldo negativo entre los ingresos y los gastos que registra una administración pública a lo largo de un periodo de tiempo.
DEFLACIÓN - Proceso de disminución de precios en un país, que tiene carácter sostenido (se mantiene a lo largo de un periodo de tiempo) y generalizado (afecta a un número significativo de bienes y servicios). Es el fenómeno contrario a la inflación.
DEPÓSITO DE VALORES - Entrega de títulos a una entidad financiera, para su administración y custodia.
DEPRECIACIÓN - Disminución del valor de un activo de capital conforme se utiliza con el paso del tiempo.
DERIVADO - Instrumento financiero cuyo precio no solo varía en función de parámetros como riesgo, plazo, etc., sino que también depende de la cotización que alcance en el mercado otro activo, al que se denomina subyacente. El inversor que adquiere un derivado apuesta por una determinada evolución de dicho subyacente (al alza o a la baja) en los mercados de valores.
DEUDA - Compromiso que se ha adquirido entre dos o más partes a devolver el dinero que se ha dejado prestado, en las fechas y plazos establecidos.
DEUDA PÚBLICA - Conjunto de deudas que tiene el Estado (incluyendo aquí la deuda de los ayuntamientos, comunidades autónomas, y el propio Estado), es decir el dinero que pide para poder financiar todos los gastos e inversiones del país. Es un gasto únicamente del Estado, y se recoge en esta partida, además, tanto la amortización como los gastos financieros en euros y moneda extranjera.
DIVERSIFICACIÓN - Reducción del riesgo asignando recursos a distintas actividades cuyos resultados no están estrechamente relacionados.